Garantia de 2 años

 

 

Los artículos adquiridos y relacionados en el contrato de muebles, en base a la Ley 3/2014 que modifica al Real Decreto Legislativo 1/2007 sobre Garantías en la venta de Bienes de Consumo, quedan garantizados, con carácter general, ante cualquier defecto de fabricación o disconformidad durante un plazo de dos años desde la fecha de la recepción de cada uno de ellos reconociéndose al cliente su derecho a la reparación del artículo, su sustitución, la rebaja del precio y la resolución del contrato.